Marco legal del aborto en la Ciudad de México (CDMX)

Derecho legal y constitucional

En la CDMX, la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) está permitida hasta la 12ª semana de gestación, según la Ley de Salud de la Ciudad de México y el Código Penal local. La Constitución Política de la Ciudad de México reconoce los derechos sexuales y reproductivos, incluyendo el derecho a decidir sobre el propio cuerpo de manera voluntaria, informada y sin coerción.

Regulación actual: Ley de Salud y Código Penal

La Ley de Salud de la CDMX establece que las instituciones deben proporcionar el servicio en condiciones seguras, confidenciales y oportunas, junto con asesoría médica y psicológica.
El Código Penal del Distrito Federal (CDMX) determina que el aborto después de la semana 12 puede ser sancionado, aunque diversas disposiciones han sido declaradas inconstitucionales por la Suprema Corte.

Normas oficiales y atención en caso de violencia sexual

La NOM-046-SSA2-2005 garantiza el acceso al aborto en casos de violación sin necesidad de denuncia previa, incluso para niñas menores de 12 años, asegurando un proceso sin obstáculos administrativos.

Objeción de conciencia en el personal médico

El personal de salud puede ejercer objeción de conciencia, pero no cuando la vida o salud de la paciente esté en riesgo. En tales casos, deben canalizar a la persona con un profesional que realice el procedimiento.

Despenalización federal y diferencias entre estados

En 2023, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional penalizar el aborto en distintas entidades, y el ISSSTE anunció que brindará el servicio a nivel federal para derechohabientes.
Aun así, persisten diferencias en el acceso y regulación según la legislación de cada estado.

Seguridad del procedimiento en la CDMX

Desde la implementación de la ILE en 2007, la CDMX ha mantenido cero muertes maternas por aborto en servicios públicos, lo que evidencia la seguridad y calidad de la atención en la capital.

¿Necesitas respuestas?

Preguntas frecuentes

Aquí encontrará respuestas a algunas de las preguntas más frecuentes marco legal del aborto en CDMX

¿Necesito algún permiso o autorización para acceder a la ILE en CDMX?

No. Solo es necesario cumplir con el límite legal de 12 semanas y recibir la valoración médica previa.

¿Qué pasa si me encuentro en otro estado donde el aborto está restringido?

Puedes viajar a la Ciudad de México o Tijuana para realizar el procedimiento con nosotros, siempre respetando el límite legal de semanas.

¿En qué casos puedo acceder al aborto después de la semana 12?

La ley permite la interrupción del embarazo en cualquier momento si existe riesgo para la vida o la salud de la mujer, o si el embarazo es producto de una violación (NOM-046).

¿Es confidencial el procedimiento de la ILE?

Sí. La ley garantiza confidencialidad absoluta en toda la atención médica y administrativa.

¿Pueden negarme el servicio por objeción de conciencia del médico?

No. Si un médico se declara objetor, la institución debe asignarte de inmediato a un profesional que realice el procedimiento.

¿La ley contempla la atención psicológica antes o después del procedimiento?

Sí, la Ley de Salud de la CDMX establece que debe brindarse orientación y acompañamiento, si la persona lo desea.

¿Qué documentos necesito presentar?

Solo una identificación oficial. En menores de edad, se solicita la presencia de un tutor o representante legal.

¿Puede una menor de edad interrumpir su embarazo?

Sí. Las adolescentes tienen derecho a recibir atención médica segura, confidencial y profesional. Sin embargo, al ser menores de edad, existen requisitos específicos que deben cumplirse para garantizar su bienestar y respaldo legal.

Requisitos generales para menores de edad

  1. Acompañamiento de madre, padre, hermana(o) o tutor legal.
    Se solicita que la menor acuda acompañada de quien ejerza la patria potestad o tutela legal.
  2. Identificaciones oficiales.
  3. Identificación oficial, INE o pasaporte de la persona tutora.
  4. Documento (acta de nacimiento) que acredite el parentesco o la tutela legal.
  5. Identificación o CURP de la menor con fotografía.
  6. Consentimiento informado.
    El padre, madre o tutor deberá firmar el consentimiento informado, además de que la menor también deberá expresar su voluntad de manera libre y consciente.
  7. Valoración médica previa.
    Se realiza ultrasonido para confirmar las semanas de gestación (hasta 12 semanas) y evaluación médica para determinar el método más adecuado.

Un proceso seguro y acompañado

Es fundamental que las adolescentes reciban información clara, sin juicios y con total confidencialidad. Además del procedimiento (ya sea con medicamento hasta la semana 7 o AMEU hasta la semana 12), es importante que cuenten con seguimiento médico completo y orientación sobre un plan anticonceptivo para cuidar su salud futura.